sábado, 5 de abril de 2014

SAGRARIO ERCIRA DÍAZ, 42 AÑOS, CUENTA PENDIENTE

Por FIDIAS OMAR DÍAZ

El implacable tiempo marca 42 años del asesinato de Sagrario Ercira Díaz Santiago, que son 4 décadas de denegación de justicia; negación, retraso o demora del debido proceso legal.

El 4 de abril de 1972 la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) laboraba normalmente en el proceso de inscripción para un nuevo semestre académico y Sagrario participaba en una reunión del Consejo Técnico de la Facultad de Economía, cuando a las 10:00 a.m. la universidad es rodeada por la P.N. en supuesta búsqueda del izquierdista Tácito Perdomo, acusado de planificar la muerte del Presidente de la República.

Por orden del Jefe de la Policía, General Neit R. Nivar Seijas, a las 4:20 p.m. las tropas policiales penetraron y ametrallaron en el Alma Máter a la indefensa familia universitaria; Sagrario recibió un disparo directo mortal en el hueso occipital; expiró luego de 10 días de agonía, 14 de abril.

Eran los Cascos Negros, Servicio Secreto y Operaciones Especiales, comandados por los coroneles Julio Carbuccia Reyes, Rolando Martínez Fernández y el Tte. Coronel Francisco A. Báez Maríñez.

Se conformaron dos Comisiones Oficiales Policiales con las características de la Policía constituirse en juez y parte, siendo la primera de mayor relevancia por la encomienda de investigar los hechos y establecer responsabilidades e integrada por los coroneles Róbinson Brea Garó, Ramón A. Soto Echavarría y José E. Ricourt Regús.

El informe rendido por dicha comisión recomienda el sometimiento ante un tribunal policial de los imputados: Tte. coronel Fco. A. Báez Maríñez y los alistados: cabo Pascual Solís Vargas y los rasos Lucrecio Ceballos Pérez, Luis María Gerónimo González, Roberto Guerrero Familia, Justino Antonio Ventura Liriano, Fco. José Martínez Espinal, Antonio Rosario Pineda y Marino Odalís Morel. Este último acusado del disparo directo que segó la vida de Sagrario.

La mayoría de los culpables de los hechos fueron excluidos junto a los dos coroneles comandantes de las tropas policiales.

Por instrucciones del Jefe Policial, su Consultoría Jurídica elaboró un mediatizado expediente y, el 5 de mayo de 1972 el oficial y los 8 alistados fueron sometidos a la justicia ordinaria, previo a ser dados de baja, pero el militar Fiscal del D.N., Fernando A. Pérez Aponte, los puso en libertad y el Juez de Instrucción no preparó el juicio de fondo.

Violado desde su inicio el debido proceso legal con la designación de la Comisión Oficial Policial de débil investigación de los hechos y un mediatizado informe de culpables favoritos e indelicada recomendación; 6 meses después, 6 de septiembre, fuimos citados por un juez de instrucción que negó, igual que la policía, una copia del expediente acusatorio elaborado; ¿pero existió?

Utilizado “Ojos que no ven, corazón que no siente”, para retrasar deliberadamente la justicia y así las partes olviden el asunto y llegue la prescripción; con una indefensión jurídica familiar y la UASD indiferente a los reclamos de justicia, además de las estructuras del Poder Judicial subordinadas al Poder Ejecutivo, no había nada que buscar.

Esa denegación de justicia llevaba intrínseca la impunidad que crea el artículo 454 del anterior Código de Procedimiento Criminal, hoy art. 45 del Código Procesal Penal (Ley 76-02), vigente desde septiembre del 2004, que establece la prescripción del crimen o asesinato a los 10 años, con ello la imposibilidad de que se imparta justicia.

Y 40 años después, duele mucho que conociendo los criminales y culpables del ametrallamiento y ocupación, asaltos, destrucciones, violaciones de cajas fuertes, secuestro de documentos y títulos académicos de la UASD y, del asesinato de Sagrario, hoy circulen lo más distraídos por nuestras calles y disfrutando tranquilos lo mal habido en aquel azaroso régimen de los 12 años del dictador ilustrado.

Pero llegará el día del «no te menees» en que: «¡Ay! de los que tuvieron oídos para oír y no oyeron…

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