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sábado, 26 de octubre de 2013

EL EFECTO ATEMORIZADOR

Por José Alejandro Ayuso

A propósito de la anunciada demanda por alegada difamación en una corte federal de la Florida, la que me incluye como prologuista de un libro que denuncia uno de los casos más sonados en el país de violación a la Constitución y de falta de transparencia en el manejo del erario, con esta tercera entrega culminamos la serie sobre las decisiones jurisprudenciales emblemáticas en casos que la prensa ha criticado el desempeño de funcionarios públicos.

Vimos que tanto la Suprema Corte de los Estados Unidos como el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos amplían los límites de la protección del derecho fundamental a la expresión y la información con criterios de pluralismo y tolerancia cuando se trata del debate político. Influenciada por estas doctrinas, ahora examinaremos una sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, parte integrante del sistema interamericano que, a contrapelo de lo que algunos juristas pretenden desconocer hoy con relación al tema del derecho fundamental a la nacionalidad, constituye un verdadero orden supranacional por mandato soberano del pueblo dominicano expresado a través de la Constitución de la República.

Se trata del caso “Herrera Ulloa” que refiere a supuestas violaciones cometidas por Costa Rica por haber emitido una sentencia penal y civil condenatoria por “ofensas en la modalidad de difamación” al periodista Mauricio Herrera Ulloa y al medio de comunicación social “La Nación”, como consecuencia de haber publicado diversos artículos que reproducían parcialmente información de algunos periódicos europeos referentes a supuestas actividades ilícitas del señor Félix Przedborski, a la sazón representante de Costa Rica ante la Organización de Energía Atómica en Austria, en calidad de Cónsul ad honorem.

Al decidir, la Corte Interamericana no analizó si los artículos publicados constituían un delito determinado de conformidad con la legislación costarricense, sino si con las consecuencias de las condenas penal y civil impuestas, el Estado vulneró o restringió el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión consagrado en el artículo 13 de la Convención.

Al resolver la cuestión de fondo condenando a Costa Rica a dejar sin efecto la sentencia contra el periodista Herrera Ulloa, la Corte señaló que “las expresiones concernientes a funcionarios públicos o a otras personas que ejercen funciones de una naturaleza pública deben gozar de un margen de apertura a un debate amplio respecto de asuntos de interés público, el cual es esencial para el funcionamiento de un sistema verdaderamente democrático. Esto no significa, de modo alguno, que el honor de los funcionarios públicos o de las personas públicas no deba ser jurídicamente protegido, sino que éste debe serlo de manera acorde con los principios del pluralismo democrático”.

Para la Corte, la exigencia del tribunal costarricense de exigir al periodista probar la veracidad de los hechos atribuidos por diversos periódicos europeos al señor Przedborski, “entraña una limitación excesiva a la libertad de expresión, de manera inconsecuente con lo previsto en el artículo 13.2 de la Convención… toda vez que “produce un efecto disuasivo, atemorizador e inhibidor sobre todos los que ejercen la profesión de periodista”… La autocensura ha sido uno de los efectos más perniciosos y directos de la sentencia condenatoria, por lo cual la presunta víctima ha dejado de publicar notas cuya veracidad tenía confirmada por el miedo a tener que enfrentar una nueva denuncia penal”.
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FÉLIX BAUTISTA DEMANDA AL PERIODISTA JUAN TAVERAS HERNÁNDEZ

Y va a seguir demandando, este atrabanco; total, el dinero no es obstáculo... ¡qué fácil es gastarlo cuando no ha sido ganado! Es más, ¡demanda al mundo entero, cabroncito! Como quiera no vas a borrar tu mancha. Eso sí, la tuya llega.

El senador Félix Bautista inició una demanda por alegada difamación contra el periodista Juan Taveras Hernández, tal y como consta en una notificación entregada la mañana de éste sábado al señor Willy Rodríguez, director general de la emisora Z-101.

Las supuestas difamaciones están contenidas en observaciones hechas por el también comentarista del programa “El gobierno de la tarde” que se transmite por la Z-101, en las que acusa al ex director de la Oficina Supervisora de Obras del Estado de malversar dinero del estado.

De acuerdo con lo establecido en la notificación, la demanda por difamación contra Taveras Hernández se basa además en los comentarios hechos por el periodista en los que da cuenta de que en la Cámara de Cuenta y la Oficina Supervisora se trabajó durante meses para cotejar documentos que eran parte de las pruebas que implicaban a Bautista en el uso indebido de los fondos públicos.

Ante la notificación, en la que requiere además a Willy Rodríguez y a Bienvenido Rodríguez en su condición, uno de propietario y el otro de director de la estación radial, Taveras Hernández afirmó que se trata de un plan desde el gobierno para tratar de contener las pocas voces que, a través de los medios de comunicación, el dinero no ha podido comprar.

No hay que olvidar que recientemente el senador Félix Bautista y la empresa Sun Land Group (SLG) iniciaron una demanda por alegada difamación contra Jaime Aristy Escuder, José Alejandro Ayuso y Andrés L. Mateo ante el Tribunal Federal Distrital de los Estados Unidos, en el Distrito Sur de La Florida.

Las difamaciones en la ocasión están contenidas en el libro “El Lado Oscuro de la Sun Land”, que circuló en 2012 y fue puesto en venta el 9 de mayo de ese año en el marco de una presentación que hiciera Escuder en Miami, el pasado 9 de mayo.

Para ese caso, Bautista y Sun Land apoderaron al abogado norteamericano Carlos A. Souffront, del prestigioso bufete de abogados Gray Robinson, firma que inició sus trabajos litigiosos en Estados Unidos hace 43 años, y que consta de 270 abogados y once oficinas, solo en La Florida.
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