martes, 1 de abril de 2014

LA PROTECCIÓN DE LOS CORRUPTOS

Por Miguel Guerrero
elcaribe.com.do


El Congreso Nacional acaba de consagrar el “derecho” de los funcionarios públicos a hacer del patrimonio de la República un bien personal que podrán usar a su conveniencia y discreción, como lo han estado haciendo por años, sin temor ni consecuencia alguna. Con la eliminación del párrafo del artículo 85 del Código Procesal Penal que permitía a los ciudadanos querellarse contra las actuaciones indecorosas de los funcionarios se borra de un plumazo toda posibilidad de adecentar la vida pública nacional.

El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Mariano Germán, criticó la decisión y su antecesor en el cargo, Jorge Subero Isa, consideró que la medida constituye un retroceso porque se le cierran “las puertas a los ciudadanos” para tomar parte en la persecución de los actos de corrupción y violación de los derechos humanos, cuando procedan del sector estatal, dejando esa facultad sólo en manos del Ministerio Público, que como todos sabemos responde al clan político que gobierna desde hace más de nueve años y que probablemente lo siga haciendo por varios periodos más a causa de la destrucción virtual de la oposición.

Con todos los poderes del Estado bajo el control de un partido con férrea vocación de perpetuidad, la eliminación de ese artículo del Código Procesal Penal deja a la sociedad dominicana indefensa ante la voracidad de las logias políticas que se han adueñado de la República. Si aprovecharse de ese poder en beneficio propio y en detrimento del patrimonio nacional ha sido tarea fácil para esos clanes, se puede uno imaginar lo que nos espera ahora.

Con tan fatal decisión se pierde no sólo la posibilidad de sancionar los actos de corrupción en el gobierno, sino también la capacidad de denunciarlos, convirtiéndonos en ciudadanos de segunda categoría. Irónicamente, el poder estatal que eliminó ese derecho está obligado por la Constitución a defenderlo.

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